La Justicia sobreseyó a los ex jugadores de Vélez acusados de abuso sexual: «Hubo consentimiento»

El Tribunal de Impugnación Penal tucumano ordenó cierre definitivo de la causa: cuál fue el argumento y por qué no prosperó la investigación.


El Tribunal de Impugnación Penal del Centro Judicial Capital de Tucumán confirmó el sobreseimiento de los exfutbolistas de Vélez Sarsfield Carlos Sebastián Sosa Silva, Braian Ezequiel Cufré, Abiel Alesio Osorio y José Ignacio Florentín Bobadilla, quienes estaban acusados de abuso sexual agravado por un hecho denunciado por una joven tras un encuentro ocurrido el 3 de marzo de 2024 en un hotel de San Miguel de Tucumán.

La resolución fue firmada por la jueza Patricia del Valle Carugatti, quien ratificó el fallo dictado el 30 de diciembre de 2025 por el juez Augusto José Paz Almonacid y rechazó los pedidos de la querella para reabrir la causa o excluir pruebas obtenidas a partir de peritajes realizados sobre teléfonos celulares.

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De esta manera, la investigación quedó cerrada y los cuatro exjugadores fueron desvinculados definitivamente del expediente.

Según el fallo, existió un encuentro sexual entre las partes, pero no se acreditó la ausencia de consentimiento, un elemento indispensable para configurar el delito de abuso sexual.

«El hecho existió, pero no constituye delito porque fue un acto sexual consentido que no vulnera el bien jurídico protegido por la ley penal», sostuvo el tribunal en su resolución.

Las pruebas que valoró la Justicia

La defensa de la denunciante, identificada en el expediente como MdLP, cuestionó especialmente una pericia informática realizada sobre los teléfonos celulares de dos testigos, Rosario Molina y Milagros Castellote.

Los abogados solicitaron la nulidad de ese informe y la exclusión de toda la evidencia derivada, al considerar que vulneraba derechos vinculados con la privacidad, el secreto profesional y el debido proceso.

Sobreseyeron a los ex jugadores de Vélez acusados de abuso sexual

Además, sostuvieron que la extracción de información funcionó como una búsqueda indiscriminada de datos y cuestionaron que parte de ese material fuera utilizado en una causa paralela por falso testimonio.

Sin embargo, el tribunal rechazó esos planteos y consideró válidas las pruebas incorporadas al expediente.

Entre los elementos valorados por los jueces aparecen mensajes, audios y conversaciones recuperadas de teléfonos celulares, enviados antes, durante y después del encuentro investigado.

La resolución menciona, entre otras evidencias, el envío de un emoji de un ratón entregando un corazón al principal acusado pocos minutos después de los hechos denunciados, así como un audio enviado por la joven a personas de su entorno en el que afirmaba haberla pasado «excelente», sentirse «chocha, contenta, satisfecha» y haber encontrado «la adrenalina que necesitaba».

También fueron considerados registros de cámaras de seguridad del hotel que muestran a la denunciante retirándose del lugar de manera tranquila, además de una pericia psicológica oficial que concluyó que la joven «resignificó el hecho con posterioridad, pero inicialmente fue consentido».

A ello se sumaron análisis médicos y biológicos que, según el fallo, no detectaron lesiones compatibles con violencia sexual ni indicadores de uso de fuerza.

La situación particular de Sosa Silva

Uno de los aspectos analizados de manera específica fue el rol de Carlos Sebastián Sosa Silva, quien había sido señalado como partícipe secundario.

La querella sostuvo que facilitó el hecho y permaneció despierto observando la situación. No obstante, la Justicia destacó que la propia denunciante declaró en reiteradas oportunidades que el futbolista no la tocó ni intervino durante el encuentro.

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Según la resolución, la joven manifestó al menos ocho veces en declaraciones iniciales que Sosa Silva se encontraba dormido en otra cama durante la secuencia central de los hechos investigados.

Además, los jueces valoraron conversaciones extraídas de los teléfonos celulares en las que la denunciante señalaba que su interpretación de lo sucedido cambió con el paso de los días y luego de hablar con personas de su entorno.

Entre los mensajes incorporados al expediente figura una conversación en la que escribió: «En un momento dije que no me habían tocado. Después empiezo a hablar que me manipuló y ahí lo hago Pingo a Sosa. Jaja. La abogada me hizo dar cuenta que había sido abusada».

Con estos elementos, el tribunal concluyó que no se logró acreditar la falta de consentimiento durante el encuentro sexual denunciado y confirmó los sobreseimientos de los cuatro exjugadores de Vélez, cerrando definitivamente la causa.

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